PAPEL DE LOS AYUNTAMIENTOS EN LOS MUNICIPIOS.

octubre 9, 2020

PAPEL DE LOS AYUNTAMIENTOS EN LOS MUNICIPIOS.

Por: Reinaldo Disla.

 

Los municipios constituyen las entidades básicas del territorio, en donde la comunidad ejerce todas sus actividades, estando representada por sus ayuntamientos, que como gobiernos locales que son, deben garantizar y promover el bienestar social, económico y la prestación de servicios eficientes a todos los munícipes.

El ayuntamiento es la entidad política administrativa básica del Estado dominicano, que se encuentra asentada en un territorio determinado que le es propio. Como tal es una persona jurídica descentralizada, que goza de autonomía política, fiscal, administrativa y funcional, gestora de los intereses propios de la colectividad local, con patrimonio propio y con capacidad para realizar todos los actos jurídicos que fueren necesarios y útiles para garantizar el desarrollo sostenible de sus habitantes y el cumplimiento de sus fines en la forma y con las condiciones que la Constitución y las leyes lo determinen.

Desde el mismo nacimiento de la nación dominicana, en el contexto de la municipalidad ha estado presente el interés por tener instituciones de desarrollo local que respondan a las necesidades de los ciudadanos y las ciudadanas, es decir, que sean instancias de servicios de sus pobladores(as).

Hoy, en la República Dominicana los municipios se han convertido en espacios interesantes, dado que, la Ley 176-07, les otorga amplias facultades, convirtiéndolos en verdaderos espacios llamados gobiernos locales.
En esta ley se establecen artículos que reflejan significativos avances democráticos, que fortalecen la participación de las organizaciones comunitarias y de la sociedad civil. Uno de estos avances lo constituye la puesta en marcha del Presupuesto Municipal Participativo (PMP), iniciado como experimento en el municipio de Villa González y seguido por otros municipios.

La Ley 176-07 es una ley de los municipios y el Distrito Nacional y en la misma se estipula una visión de desarrollo que toma como referente fundamental la participación comunitaria en la gestión del gobierno local, como una de las formas más idóneas de garantizar la eficiencia y la eficacia del trabajo que realizan los Cabildos.

Sin embargo, la gran limitación que tiene esta ley radica en su deficiente aplicación desde el Poder Ejecutivo, toda vez que se incumple con la asignación presupuestaria, la cual debe ser del 10 por
ciento del PIB y en la actualidad apenas se asigna un 2.3 por ciento, disminuyendo así el impacto positivo de la misma en el proceso de desarrollo municipal.


Ante este panorama, urge que se pongan en marcha todas las acciones pertinentes que den al traste con el cumplimiento de la Ley 176-07 en lo que respecta a la asignación del 10 por ciento del PIB para que los Cabildos puedan estar en capacidad de satisfacer las demandas de los municipios, impulsando su desarrollo sostenible en término social, económico, político, cultural y ambiental.



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